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Norma Técnica de Auditoría sobre el "valor razonable"

Real Decreto 373/2010, de 26 de marzo, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para el ejercicio 2010.

(BOE, 19-03-2010)

La reforma y adaptación de la normativa contable española para su armonización internacional, en relación con lo previsto en las normas contables adoptadas por la Unión Europea, ha supuesto la introducción del criterio del valor razonable como uno de los criterios a utilizar en la valoración de los distintos elementos integrantes de las cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, que se formulen por las diferentes entidades.

Si bien la aplicación del criterio de valoración del valor razonable a un determinado elemento por parte de las entidades es una estimación contable más de las que se realizan en el proceso de formulación de cuentas anuales, y aunque sobre esta materia, a través de la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 24 de julio de 2001, se aprobó la Norma Técnica de Auditoría sobre «Estimaciones Contables», sin embargo se ha considerado necesario desarrollar, en el marco global que fija dicha Norma Técnica, aquellos criterios de actuación que ha de observar el auditor de cuentas específicamente relacionados con el proceso de verificación de las cifras y desgloses de información derivados de la utilización del criterio de valoración del valor razonable.

(...)

Norma disponible en el RAN

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