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Información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores

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Información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores

Resolución de 29 de diciembre de 2010, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales.

(BOE, 31-12-2010)

Como ya sabemos la Ley 15/2010 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, fija nuevos plazos máximos de pago en las operaciones comerciales entre empresas privadas, estableciendo un plazo máximo de 60 días naturales que empezará a regir el 1 de enero de 2013, y configurando un régimen transitorio con plazos legales máximos de pago hasta esa fecha.

Pues bien, la disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, señala que las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) resolverá sobre la información oportuna a incorporar en la Memoria de Cuentas Anuales de las empresas para que, a partir de las correspondientes al ejercicio 2010, la Auditoría Contable contenga la información necesaria que acredite si los aplazamientos de pago efectuados se encuentren dentro de los límites indicados en esta Ley.

(...)

Norma disponible en el RAN

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