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Modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y otras normas tributarias.

(BOE, 29-03-2010)

Mediante esta Orden, que entró en vigor el día 30 de marzo de 2010, se deroga la Orden HAC/360/2002 por la que se aprobaba el anterior modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, el cual se adaptaba a la regulación prevista en los artículos 78 a 81 del Reglamento del IVA como consecuencia de la transposición de las directivas 2008/8/CE y 2008/17/CE del Consejo. Estos artículos regulan la obligación, contenido, plazos y lugar de presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

Dicha modificación ha sido llevada por el artículo primero del Real Decreto 192/2010, de 26 de febrero, de modificación del Reglamento del IVA.

Estas modificaciones son:

  • La inclusión de las prestaciones de servicios y adquisición de servicios tal como se definen en el Reglamento del impuesto.
  • Empresarios o profesionales que presten o reciban dichos servicios tendrán la obligación de presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349).
  • El plazo de presentación del modelo 349 será, como norma general, mensual, aunque en determinadas circunstancias este podrá ser trimestral, anual y excepcionalmente bimensual.

(...)

Norma disponible en el RAN

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