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Crédito extraordinario para la ayuda a la adquisición de vehículos y la renovación del parque de vehículos Plan 2000 E
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el Plan 2000 E de concesión de ayudas directas para la adquisición de vehículos y un Real Decreto Ley mediante el que se concede al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio un crédito extraordinario de cien millones de euros para financiar la iniciativa, y que entró en vigor el día 23 de mayo de 2009.
El importe de las subvenciones previstas en el Plan 2000 E es de quinientos euros por vehículo con cargo al presupuesto del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, mil euros financiados por el fabricante o el importador del vehículo adquirido y quinientos euros por la Comunidad Autónoma que decida sumarse voluntariamente al Plan.
Las ayudas se concederán a las adquisiciones de vehículos que se realicen desde el pasado 18 de mayo. El Plan 2000 E estará vigente hasta que cubra la venta de doscientos mil vehículos o durante un periodo de un año.
La puesta en marcha de esta iniciativa reafirma el compromiso del Gobierno con el sector de la automoción y en particular con las políticas de fomento de la demanda de automóviles, que hasta ahora se venían prestando mediante el Plan VIVE (Vehículo Innovador-Vehículo Ecológico).
El VIVE ha tenido una magnífica acogida y que ha agotado su presupuesto para todo el ejercicio 2009 (setecientos millones de euros) prácticamente siete meses antes de lo previsto. Hasta mediados de mayo, ha registrado prácticamente sesenta mil operaciones, de las que 9.204 se realizaron en la primera quincena del mes. Durante 2009 uno de cada cinco coches matriculados en España ha utilizado el VIVE.
El Plan 2000 E y el Plan VIVE convivirán durante un periodo de tiempo, pero no podrán acumularse para adquirir un vehículo.
Los objetivos del Plan 2000 E son incentivar la renovación del parque automovilístico, mantener el empleo en el sector de automoción, especialmente en los concesionarios, aunar los criterios de apoyo al sector entre las diferentes Comunidades Autónomas y estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes.
Se estima que esta renovación del parque automovilístico representará un ahorro equivalente anual de 161.000 toneladas de CO2, lo que equivale a plantar 36 millones de árboles, y de 550.000 barriles de petróleo, que al precio actual representan un coste de veintiséis millones de euros.
Condiciones para recibir las ayudas
Los requisitos son prácticamente los mismos que se establecieron en su momento en el Plan VIVE. Podrán acogerse particulares, autónomos y PYME que adquieran un vehículo de turismo (M1) o de transporte de hasta 3,5 toneladas (N1) nuevo o de segunda mano con una antigüedad máxima de cinco años. El precio de adquisición de los vehículos no superará los treinta mil euros, IVA incluido, antes de aplicar estas ayudas.
El beneficiario debe dar de baja definitiva un vehículo de una antigüedad mínima de diez años o un kilometraje mínimo de 250.000 Kilómetros, si se adquiere un vehículo nuevo, o de una antigüedad de doce años, si se adquiere uno usado.
Los vehículos nuevos deben cumplir las siguientes características:
- Vehículos de turismo categoría M1:
- Emisiones de CO2 no superiores a 120 gr./Km o
- Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que, además, incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras o
- Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que, además, incorporen un catalizador de tres vías para vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diesel.
- Vehículos de transporte categoría N1 con emisiones de CO2 no superiores a 160 gr./Km
Gestión del pago de las ayudas
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio realizará las actuaciones de seguimiento y control de las ayudas, y designará una entidad colaboradora para su gestión y liquidación mediante concurso.
El agente de ventas se hará cargo de la documentación requerida al comprador y cada quince días solicitará los fondos del Ministerio correspondientes a las operaciones que haya realizado a la entidad colaboradora, que verificará el cumplimiento de los requisitos y procederá al envío de los fondos.
El Ministerio de Industria ofrecerá a las Comunidades Autónomas que lo deseen los servicios de la entidad colaboradora para evitar que los concesionarios tengan dos interlocutores y dos pagadores.
Norma comentada y disponible en el RAN
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