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Directrices generales del Plan General de Control Tributario 2009
Resolución de 21 de enero de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2009.
(BOE, 30-01-2009)
Como ya sabemos, el artículo 116 de la Ley General Tributaria (LGT) establece la obligación de elaborar anualmente el Plan General de Control, atribuyéndole carácter reservado, salvo en lo que afecta a las directrices generales que lo informan, las cuales son publicadas en el BOE. A su vez, el artículo 170 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, señala que en el Plan de control tributario se integrarán los planes parciales de inspección, los cuales tendrán carácter reservado y no serán objeto de publicidad o comunicación. Asimismo, este reglamento es de aplicación a la gestión recaudatoria en lo no previsto en el Reglamento General de Recaudación.
Pues bien, mediante esta Resolución de 21 de enero se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2009.
En particular, el Plan de Control de 2009 desarrolla para este año las directrices fijadas en la actualización del Plan de Prevención del Fraude que fue presentada el 20 de noviembre de 2008 y que se encuentra, a la fecha de aprobación de estas Directrices generales, en información pública.
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