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Mejora del procedimiento de recaudación de la Seguridad Social
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que mejora el procedimiento recaudatorio en el ámbito de la Seguridad Social, en cuanto a aspectos generales del mismo y a la gestión tanto en período voluntario, como en vía ejecutiva. Esta norma modifica el Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social aprobado por un Real Decreto de 11 de junio de 2004.
La necesidad de dotar de mayor eficacia la gestión recaudatoria de los recursos del Sistema de la Seguridad Social, especialmente en la recaudación en vía de apremio, ha impulsado la elaboración de este Real Decreto que tiene como fin actualizar el Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social en determinadas materias, mediante una serie de reformas puntuales en su contenido.
La presente norma afecta al procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva en materias como el embargo de dinero en cuentas a la vista, el embargo de bienes muebles y semovientes, la competencia para acordar la enajenación de bienes embargados, el anuncio de la subasta, el derecho de tanteo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, las costas del procedimiento y la calificación de créditos como incobrables.
Las modificaciones introducidas por el nuevo texto legal hacen concordar la regulación de los Preceptos del Reglamento afectados con su regulación en otras disposiciones reglamentarias, tanto de la propia gestión recaudatoria de la Seguridad Social, como de otras materias relacionadas, así como con la reciente modificación de la estructura de la Tesorería General de la Seguridad Social y la consiguiente redistribución de competencias en materia recaudatoria.
Norma comentada y disponible en el RAN
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