"; ?> Calendario Fiscal - Julio
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Hasta el 14 de julio

INTRASTAT - Estadística Comercio Intracomunitario

Hasta el 21 de julio

Renta y Sociedades

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas y, de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente.

Pagos fraccionados Renta

IVA

Impuesto sobre las Primas de Seguros

Impuestos Especiales de Fabricación

Impuesto Especial sobre la Electricidad

Impuestos Medioambientales

Impuesto Especial sobre el Carbón

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

Aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma

Hasta el 25 de julio

Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Declaración de prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen fiscal especial de las Illes Balears por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes)

Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Hasta el 30 de julio

IVA

Impuestos Medioambientales

Hasta el 31 de julio

Número de Identificación Fiscal

IVA

Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito

Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Impuestos Medioambientales

Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

Declaración informativa sobre pagos transfronterizos

Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables

Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la zona especial canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario