Alerta Consultas 4a semana noviembre 2025

FISCAL

Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Arrendamientos de vivienda / Alquileres turísticos / Retenciones

ANTECEDENTES. Persona física propietaria de 10 apartamentos/vivienda que alquila a otra persona física que se dedicará a sub-alquilarlos como alquileres de temporada turística, hará exclusivamente servicios de limpieza de las habitaciones (Ningún servicio de alimentación). El arrendatario hará factura con IVA sobre los servicios que presta. La arrendadora propietaria del inmueble ¿está obligada a repercutir el IVA, dado que alquila apartamentos/vivienda y no da ningún otro servicio a la arrendataria? ¿Caso que la arrendadora propietaria estuviese obligada a repercutir el IVA, que tipo de IVA? ¿Debería la propietaria retener el 19% en la factura del alquiler? OBSERVACIÓN: Al mismo tiempo la arrendadora cede una licencia.

FISCAL

Impuesto sobre el Patrimonio IP / Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ISD / Exenciones / Actividades económicas / Participaciones sociales / Arrendamientos de inmuebles

ANTECEDENTES. Tenemos una sociedad que se dedica al arrendamiento de inmuebles y que tiene contratada a jornada completa a la hija de los socios, que es también administradora única de la sociedad, que no tiene convivencia con los padres por lo que su relación es laboral. A los efectos de cumplir con los requisitos para entender que hay actividad económica y que la hija percibe más del 50% de sus ingresos por la dirección de dicha empresa familiar, ¿es posible cumplir ambos requisitos por una sola persona, en este caso la hija? Es decir, ¿el contrato de trabajo de la hija es suficiente para acreditar la existencia de actividad económica de la sociedad (al tener una persona contratada a jornada completa) y cumplir además el requisito de que un familiar reciba más del 50% de sus ingresos por la dirección de la empresa a los efectos de aplicar las exenciones en sucesiones y patrimonio?

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Rendimientos del trabajo / Retribuciones en especie / stock options

ANTECEDENTES. Tenemos un cliente que está contratado como trabajador por cuenta ajena para una empresa americana a través de un Employer of Record y que le quieren dar una remuneración variable en función del valor de las participaciones de la sociedad. A los empleados americanos les dan Stock Options pero a él le han comentado que quizás sería más conveniente a nivel fiscal que para él le dieran Phantom Shares. ¿Podríais informarnos de qué opciones son mejores a nivel fiscal para la remuneración variable en función del valor de las participaciones de la sociedad y, concretamente, qué diferencias hay a nivel fiscal entre stock options y phantom shares?

FISCAL

Impuesto sobre Sociedades IS

ANTECEDENTES. Una familia tiene el 100% de la sociedad X SL de este 100%, el 99,5 % lo tienen los padres y el 0,5 % los hijos. Esta sociedad crece muy rápido dado que da un beneficio elevado cada año y se piensa que, en un futuro a medio plazo, puede ser vendida por varios millones de euros, por el plan de expansión que tiene. En el 2023 había un socio minoritario que tenía un 5 % y por este 5 % se le pagó mediante reducción de capital social 225.000 ¬ en ese momento según este precio del 5 % el 100 % serían 4.500.000 euros, en base al valor teórico/contable de dicho año se calculó dicho valor. Teniendo en cuenta que ahora, en el 2024 el valor contable son 6.000.0000¬ se aprecia el crecimiento de esta sociedad. Esta sociedad X S.L. se dedica a la distribución de productos del hogar y es proveedora de diferentes grandes superficies. Adicionalmente, esta sociedad que tiene muy buena tesorería y liquidez tiene en propiedad diferentes bienes inmuebles que ha ido adquiriendo. – Una…

FISCAL

Impuesto sobre Sociedades IS / Tipo Reducido / Empresas de reducida dimensión / Cifras anuales de negocios

ANTECEDENTES. Tres sociedades, cuya actividad es el alquiler de inmuebles (viviendas y locales). Las dos primeras, una con empleado y local, son 7 participes familiares (padre el 70%, resto esposa (l%) y sobrinos (29%), la segunda, empleado y local distinto al de la primera, son 2 participes (padre 99% esposa 1%) y la tercera sin actividad, mera tenencia, sin empleados ni local con 4 participes (70% padre, 10% esposa y dos hijos el 20%). El padre es el administrador de las tres sociedades. La suma de la cifra de negocios, del año 2024, de las dos primeras, las que SI tiene actividad económica, NO supera el 1.000.000,00 euros. Si se adiciona la cifra de negocios de la tercera sociedad, la cifra de negocios, del conjunto, del año 2024, SI SUPERA el 1.000.000,00 euros. ¿Se podría considerar, para el año 2025, de aplicación el tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades, para micro empresas, para las dos primeras sociedades y de NO aplicación para la tercera (la que NO tiene actividad…

FISCAL

Impuesto sobre Sociedades IS / Consolidación fiscal / Bases negativas / Compensaciones

ANTECEDENTES. Les consultamos las siguientes dos cuestiones referentes a sociedades pertenecientes a grupo acogido al régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades. 1) Existiendo en la Ley la limitación a compensar la base imponible negativa de una de las sociedades con las positivas de otras del grupo al 50% del importe negativa de aquella en el propio ejercicio en el que se produjo se nos plantea la duda en el caso de que hayan existido reparto de dividendos de una filial a la dominante y existir en la normativa la exención del 95% de la tributación de estos (cumpliendo los requisitos): – La exención se considera diferencia permanente en la base imponible de la sociedad que recibió el dividendo, y por tanto sobre la base imponible a compensar de ésta (siendo negativa al descontar el importe del ingreso de los dividendos intragrupo), se aplicaría el 50% de limitación. – Al ser una operación de dividendos intragrupo, la diferencia procedente de la exención se aplica…

FISCAL

Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Operaciones sujetas / Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Rendimientos de capital inmobiliario

ANTECEDENTES. Clientes de alta en la AEAT en estimación directa, con las siguientes actividades: Agricultura; 861.1 Alquiler vivienda; 011 Explotación extensiva Ganado; 151.4 Producción Energía Fotovoltaica; 861.2 Arrendamiento de Locales, todos ellos en Estimación Directa Simplificad y Régimen General de IVA. La actividad de arrendamientos, tanto locales, vivienda y arrendamientos rústicos se realiza como actividad económica conforme al artículo 27 LIRPF, pues tenemos una persona contratada a jornada completa y suficiente carga de trabajo. Con fecha diciembre de 2023 se realizó el arrendamiento de una finca rústica el cual se adjunta a la consulta que se venía explotando hasta el arrendamiento. Soy conocedor de la CV 1803-20 y del informe de la AEAT de fecha 11.06.2015 sobre la cuestión planteada. CONSULTA Quiero tener su opinión respecto del contrato, es decir, dicho contrato con la redacción que tiene: ¿Está sujeto a IVA? ¿El arrendamiento de dicha finca rustica está…

FISCAL

Trabajadores desplazados

ANTECEDENTES. Recientemente, un cliente de nacionalidad armenia nos ha solicitado prestarle servicios de contabilidad y asesoría fiscal. Actualmente, se encuentra en San Sebastián (Gipuzkoa), habiéndose mudado aquí bajo el nuevo programa de Visado para Nómadas Digitales en España. Es un desarrollador de software profesional con múltiples reconocimientos y contribuciones en diversos campos. A principios de este año, se dio de alta como autónomo y en el IAE en la provincia de Barcelona y, por lo tanto, bajo el régimen de Hacienda estatal. Ahora, habiéndose mudado al País Vasco, en concreto a Gipuzkoa, necesito saber si puede continuar acogiéndose al citado régimen del programa de Visado para Nómadas Digitales, por el cual, hasta 600.000 ¬, tributaría a un tipo fijo del 24%? Se adjunta documentación del cliente.

FISCAL

stock options / Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF

ANTECEDENTES. Tributación plan de opciones sobre acciones para empleados La sociedad Matriz irlandesa tiene el 100% de una sociedad española De la sociedad MATRIZ hay un socio mayoritario que tiene el 59 % de las acciones, el 59 % de este socio está valorado en 5.000.000 euros, este socio mayoritario es a su vez el CEO. El coste de adquisición de esta sociedad irlandesa para el socio mayoritario fue cero euros. Resulta que tanto la sociedad irlandesa, como la española, y el socio del 59%, que es el CEO de las dos sociedades, quieren aumentar el plan de opciones sobre acciones para empleados en un 4 %, a trabajadores de calidad quieren darles opciones sobre acciones con la finalidad de en lugar de pagarles un salario muy elevado compensar con estas acciones que a futuro valdrán mucho dinero. De esta manera a las dos sociedades les permitirá contratar empleados de mayor calidad cara al futuro. El socio quiere saber cuál es la mejor manera para pasar estas acciones o parte de estas acciones que…

FISCAL

Impuesto sobre el Patrimonio IP / Reducciones

ANTECEDENTES. Se trata de una sociedad limitada unipersonal que se constituyó en 2015 con un capital social de 3.000 euros cuyo objeto social es el de agencia de publicidad, comunicación y consultoría de marketing digital. El socio y Administrador Único tiene un sueldo de mercado y su mujer también trabaja en la empresa con un sueldo también de mercado. La sociedad tiene trabajadores y en los últimos años los beneficios han sido importantes, pero no han repartido dividendos. La sociedad está acumulando tesorería y el socio está pensando en diversificar los beneficios en diferentes actividades. Su idea es invertir en inmuebles y en una cafetería. El socio que actualmente reside en Cataluña también presenta el Impuesto del Patrimonio. SE PIDE: 1.- Aprovechando la sociedad actual y modificando el objeto social añadiendo las actividades inmobiliarias y de cafetería ¿Se podrían realizar las tres actividades en la misma sociedad? En el caso que la actividad inmobiliaria consista en comprar y alquilar…

SOCIAL-LABORAL

Horarios / Pluses

ANTECEDENTES. La empresa X es una SL que está en Valencia y se dedica a la venta de Lotería, se rige por el Convenio Colectivo Estatal de Administraciones de Loterías, Código de Convenio: 99000075011981. Tiene un local físico en Valencia, con venta directa al público. Y quieren a contratar a un Comercial, para vender a empresas y asociaciones. Las condiciones del contrato del Comercial son las siguientes: – Jornada completa: 40 horas semanales. – La empresa comunica que, al ser comercial, tendrá que adaptarse a la disponibilidad de las empresas y estará entrando y saliendo de la administración sin un horario fijo. – El sueldo pactado es el siguiente: * bruto anual: 18.000. * variable: 30% sobre los 18.000 = 5.400 brutos pagaderos en febrero 2026, supeditado a generar 30.000 en ingresos en 2025. Si no llega a esa cifra no habrá obligación de pagar la variable. – Kilometraje justificado. – Móvil con línea y datos uso exclusivo empresa. – Ordenador portátil. Nuestra pregunta es saber si es…

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