Accesos:

Alerta Consultas 3a semana enero 2024

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Deducciones

ANTECEDENTES. Un matrimonio tiene 3 hijas, de 29, 27 y 21 años a efectos de renta de 2022 (nacidas en 1993, 1995 y 2001 respectivamente). La familia ostenta el carnet de familia numerosa que tiene fecha de caducidad en 2027. A efectos de renta, el matrimonio solo se aplica mínimos por la hija pequeña que convive y depende económicamente de ellos. CONSULTA ¿Se pueden aplicar la deducción estatal por familia numerosa? ¿Aunque las 2 hijas mayores ya no den derecho a mínimos ni dependen económicamente de ellos, mientras la pequeña cumpla los requisitos existe el derecho a la deducción? Los requisitos para la aplicación, según el párrafo del art. 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: ….» Para que se reconozca y mantenga el derecho a ostentar la condición de familia numerosa, los hijos o hermanos deberán reunir las siguientes condiciones: a) Ser solteros y menores de 21 años de edad, o ser discapacitados o estar incapacitados para…

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Ganancias y pérdidas patrimoniales / Reinversiones en viviendas habituales / Exenciones

ANTECEDENTES. En una liquidación de gananciales el exmarido tiene exceso de adjudicación y compensa económicamente a su exmujer. La exmujer tributará en renta por la ganancia patrimonial a título oneroso, pero, en el caso de que reinvierta ese dinero en la compra de otra vivienda, ¿se podría acoger a la exención por reinversión en vivienda habitual?

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Convenios de doble imposición / Exenciones

ANTECEDENTES. Se trata de un profesor de una Universidad Española, residente fiscal en España con contrato laboral con dicha Universidad que desde septiembre 2019 colabora con una Universidad China. Cada año viaja unos meses a China, realiza sesiones online y tiene firmado un contrato laboral con la Universidad China. Según el artículo 20 del Convenio de Doble Imposición entre China y España los rendimientos de los Profesores e Investigadores estarían exento durante los 3 primeros años. 1.- ¿Este profesor español debería informar en su declaración de la renta de 2019, 2020 y 2021 los rendimientos percibidos en China? ¿Estos Rendimientos estarían exentos en China y por lo tanto también en la declaración de la renta de España? ¿El antiguo y el nuevo convenio de doble imposición dice lo mismo en relación a este artículo 20? 2.- En el caso que se pueda aplicar la exención en la Renta de España, ¿los rendimientos a tener en cuenta para aplicar los tres años de exención serían de septiembre de 2019 a…

FISCAL

Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD / Alquileres / Opciones de compra

ANTECEDENTES. Consulta fiscalidad de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual con derecho de opción de compra. ¿Cómo tributa? • Por un lado, el arrendamiento, tributaria por ITP, pero exento por vivienda habitual. • Pero el derecho de opción de compra por precio de 10.000 euros más IVA, ¿Tributaría por ITP? ¿En este caso qué tarifa?

FISCAL

Préstamos / Tributación

ANTECEDENTES. Se trata de un préstamo entre una sociedad domiciliada en Catalunya y un club deportivo domiciliado en Aragón. Entre el accionariado de la sociedad se encuentra las mismas personas que controlan el club deportivo. La sociedad presta una cantidad superior a los 100.000 euros al club deportivo y pactan un interés del 3% anual y una cuota única de amortización a los 5 años. Para formalizar el préstamo, ¿hay que liquidar ITP o AJD? ¿Está exento? ¿En qué comunidad autónoma? AMPLIACIÓN CONSULTA En relación a la consulta inicial, desde el momento que no se aportan garantías y que por lo tanto está sujeto y exento de IVA ¿hay que informar la operación en el modelo 303? Así como un préstamo entre particulares queda formalizado en presentar el ITP, para que el contrato entre empresarios quede correctamente formalizado, ¿hay que documentarlo de alguna forma o con la firma y la fecha del contrato es suficiente?

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Ganancias y pérdidas patrimoniales

ANTECEDENTES. Un contribuyente adquiere un inmueble en el año 1998 por 48.000€. En 2021 hace una reforma por 7.700. Total, coste adquisición + reforma 55.700€. En noviembre de 2022 se realiza una división horizontal sobre ese inmueble. En el momento de la escritura se valora por 150.000€, y después se divide en una vivienda A valorada en 70.000 (que representa un 47% del total del inmueble) y una vivienda B valorada en 80.000 (53%). En diciembre de 2022, vende la vivienda A, por 70.000 €. La consulta es la siguiente: ¿Qué valor de adquisición hay que tener en cuenta para el cálculo de la Ganancia Patrimonial? El de 70.000€ por el que se valora en la división horizontal o el 47% sobre los 55.700 que es el coste real del inmueble?

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Viviendas habituales / Adquisiciones / Deducciones

ANTECEDENTES. Un matrimonio se divorcia con fecha 15-5-2021, en la sentencia de divorcio, el marido se adjudica la vivienda familiar, compensado a su esposa con dinero. Ambos se han aplicado la deducción por vivienda habitual desde el ejercicio 2.006, siendo los datos: Fecha de compra: 27-7-2006 Hipoteca a fecha de divorcio: 160.000 euros La vivienda se valora por 300.000,00 euros, por lo que el marido al adjudicarse la vivienda habitual se tiene que hacer cargo de la parte de su esposa: • 50% de la hipoteca por valor de 80.000,00 euros • Pagarle 70.000,00 euros Para formalizar la operación, el marido obtiene un crédito hipotecario por 230.000,00 con el que cancela la hipoteca anterior más el pago a su esposa, quedado: Nueva Hipoteca: 230.000,00 Deuda marido: 80.000,00 Deuda esposa: 80.000,00 Efectivo 70.000,00 A efectos de la deducción por vivienda habitual, el marido que se adjudica la vivienda, ¿se puede deducir el porcentaje de participación de la deuda anterior en la nueva hipoteca o…

FISCAL

Impuesto sobre Sociedades IS / Consolidación fiscal

ANTECEDENTES. Una sociedad F residente en Francia tiene el 100% del capital social de dos sociedades residentes en España, sociedad A y sociedad B. Asimismo, la sociedad A, sociedad holding, tiene el 100% del capital social de tres sociedades. X, Y y Z, todas ellas residentes en España. La sociedad B no tiene participación en otras sociedades. La sociedad A consolidad a efectos fiscales Impuesto Sociedades en España, junto con las sociedades X, Y y Z. Las 4 conforman UN grupo de consolidación fiscal, siendo A la sociedad representante (no la dominante, puesto que esta es la sociedad F). CONSULTA • ¿La sociedad B, Vendría obligada a estar en el régimen de consolidación fiscal en España? No “cuelga” de A, pero es cierto que la sociedad francesa F tiene el 100% del capital social de B. • ¿Están obligadas a estar en régimen de consolidación fiscal todas las sociedades? En el ejemplo propuesto, ¿podría ser que las sociedades A, X e Y consolidaran fiscalmente a efectos IS, y la…

FISCAL

Deducciones / Autoconsumo

ANTECEDENTES. Nos surge una duda a la hora de aplicar la deducción autonómica de la Comunidad Valenciana por inversiones en instalaciones de auto consumo. En la normativa se especifica claramente que para la aplicación de la deducción es requisito indispensable el disponer del certificado acreditativo de la instalación expedido por el IVACE. Asimismo, se exige que el certificado sea solicitado por cada uno de los contribuyentes que deseen aplicar la citada deducción, estando obligados a justificar el importe invertido a través de una factura expedida a nombre del solicitante. De acuerdo con lo anterior, en el caso de copropietarios el certificado acreditativo del IVACE debe ser solicitado por cada uno de los contribuyentes que deseen aplicar la deducción. CONSULTA En el caso de vivienda propiedad de una sociedad de gananciales, los gastos de la vivienda familiar son imputables a ambos cónyuges, con independencia de quien los abone efectivamente o cual de ellos figure como titular…

FISCAL

Donaciones

ANTECEDENTES. Una persona física A residente en Cataluña, es titular del 50% del capital social de una sociedad X, residente también en territorio catalán, sociedad con todo su activo afecto a actividad económica, y percibiendo retribución en su cargo de Administrador, siendo esta su principal fuente de renta. Llegada la fecha de su jubilación, la persona física A decide donar el 30% de la participación en la sociedad X a su hijo, reteniendo por tanto el 20% de participación en la sociedad. La persona física A cesa en su cargo de Administrador y deja de percibir rentas de la sociedad por su función ejecutiva, y su hijo pasará a ser Administrador de la compañía, siendo esta su principal fuente de renta. La persona A en su condición de fundador de la empresa, será nombrado Presidente Honorario, cargo de carácter simbólico, sin funciones ejecutivas, y por el que percibirá una retribución acordada anualmente por la Junta General. Se aplicará a la Donación la reducción del 95%, prevista en la…

SOCIAL-LABORAL

Jubilaciones activas / Regímenes especiales / Jubilaciones anticipadas / Coeficientes reductores

ANTECEDENTES. “Imaginemos una persona nacida el día 30-12-1962, con 38 años cotizados y que ha estado cotizando en el Régimen Especial del Mar por el que tiene el coeficiente reductor total de 5 años y 2 meses, es decir se podía jubilar el 30-10-2022 con el 100% de la base reguladora. En el caso de que decida jubilarse un año después de haber cumplido la edad para la jubilación con el 100% de la base, es decir el día 31-10-2023, ¿podría acogerse a la jubilación activa?”

MERCANTIL

Administradores

ANTECEDENTES. Tenemos una empresa la cual el administrador se jubiló, pero quedándose en la empresa con la figura de administrador pasivo delegando las funciones de administrador a su hijo mediante un poder. El administrador pasivo sigue teniendo más del 25% de la sociedad. Entendemos que el administrador pasivo tiene las funciones de asistir a las juntas y firmar las cuentas anuales. CONSULTA Mi pregunta es que ese administrador pasivo nos está pidiendo directamente a nosotros información sobre los costes de la empresa, de los empleados, contabilidad, gestión, …. pero desconocemos hasta qué punto se tiene que comunicar directamente con nosotros y no a través del administrador en funciones. Es decir ¿Cuál es el canal legal por mi despacho? ¿Le podemos dar la información, aunque sea un administrador pasivo o bien tiene que él pedírselo al administrador en funciones y esté a nosotros? La información que nos pide es sensible como para estar sacándola del despacho y no queremos…

FISCAL / CONTABLE

Impuesto sobre Sociedades IS / Regímenes especiales / Fusiones de sociedades / Escisiones de sociedades / Canjes de valores / Cambios de domicilio social

ANTECEDENTES. Se trata de dos sociedades vinculadas, A y B. La sociedad A va a trasvasar los activos y pasivos de la sociedad B. No se van a acoger al diferimiento fiscal del IS. La sociedad B es la que tiene un inmueble a coste histórico y es la que tiene una serie de empleados con una antigüedad concreta. En el acuerdo de liquidación de activos y pasivos, se cuantifica el pasivo contingente del coste de empleados por el cálculo estimado como despido improcedente, por si esos trabajadores que ahora se queda A, fueran despedidos en un proceso de restructuración empresarial. La nave se cuantifica de acuerdo a mercado según tasación pericial, las existencias de B también las compra A, según valoración de experto independiente, que resulta inferior al valor contable de las mismas. Se consulta, operaciones de B: • Si la diferencia entre la contabilidad y la valoración de las existencias a efectos de venta por tasador independiente es deducible a efectos del Impuesto sobre Sociedades. • Si el…

Facebook
Twitter
LinkedIn
Email