Accesos:

EDICIÓN ESPECIAL CORONAVIRUS →

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto prorrogando el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones del COVID-19 causado por el SARS-CoV-2 que prolonga las medidas del mismo hasta el día 9 de mayo a las 0.00 con el fin de controlar los efectos de la segunda ola de la pandemia.

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga del Estado de alarma, solicitada a las Cortes Generales, en los términos respaldados por mayoría por el Congreso de los Diputados, el jueves pasado. La prórroga del estado de alarma frente al coronavirus hasta el 9 de mayo de 2021 en España ha sido publicada por el Boletín Oficial del Estado.

Una medida que fue aprobada por el Congreso de los Diputados para que las comunidades autónomas tengan un paraguas jurídico a la hora de adoptar restricciones frente al avance del coronavirus.

El nuevo decreto aprobado por la Cámara Baja establece que el jefe del Ejecutivo solicitará su comparecencia ante el Pleno del Congreso, cada dos meses, para dar cuenta de los datos y gestiones del Gobierno en relación a la aplicación del estado de alarma.

Por su parte, el ministro de Sanidad pedirá su comparecencia ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso, con periodicidad mensual, para informar sobre las acciones de su departamento.

Transcurridos cuatro meses de vigencia de esta prórroga, la conferencia de presidentes autonómicos podrá formular al Gobierno una propuesta de levantamiento del estado de alarma, previo acuerdo favorable del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud a la vista de la evolución de los indicadores, sanitarios epidemiológicos, sociales y económicos.