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EDICIÓN ESPECIAL CORONAVIRUS →

Los aplazamientos de pago de impuesto devengados se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo (13/03/2020) y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Declaraciones, liquidaciones y autoliquidaciones que se pueden aplazar

Hacienda ha anunciado que los plazos de procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente.